La Ley No 1011 crea el Cantón Colopampa-Grande en la provincia Sud Yungas del departamento de La Paz, delimitado al norte por el cantón La Asunta, al sur por el cantón Las Mercedes, al este por la provincia Inquisivi y al oeste por la provincia Nor Yungas. La nueva jurisdicción incluye las comunidades de Colopampa-Grande, Playa Ancha, Nueva Esperanza, Alto Ballivian, Nuevo Amanecer y Santa Rosa. El Instituto Geográfico Militar es responsable de la demarcación, levantamiento del plano y fijación de hitos correspondientes, conforme al Decreto Supremo 2282 de 1950.
LEY Nº 1030
LEY DE 18 DE NOVIEMBRE DE 1988
“1988 AÑO DE LOS FERROCARRILES DE BOLIVIA”
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Primero. Créase el Cantón COLOPAMPA – GRANDE, en la jurisdicción de la provincia Sud Yungas del departamento de La Paz, con límites al Norte con el cantón La Asunta de la provincia Sud Yungas; al Sud con el cantón Las Mercedes de la provincia Sud Yungas; Al Este, con la provincia Inquisivi al Oeste, con la provincia Nor Yungas.
Artículo Segundo. La nueva jurisdicción comprende a las comunidades de Colopampa-Grande, Playa Ancha, Nueva Esperanza, Alto Ballivian, Nuevo Amanecer y SAnta Rosa.
Artículo Tercero. En conformidad con el artículo 6to. del Decreto Supremo 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar la demarcación, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Walter Soriano Lea Plaza, Ernesto Molina Panduro, Carlos Azad Arce, Ulises Hurtado Cuéllar, Angel Gutiérrez Alvarado.
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Juan Carlos Durán Saucedo.