La Ley No 1011 aprueba el Tratado de Institucionalización del Parlamento Latinoamericano, firmado el 16 de noviembre de 1987 por varios países de América Latina. Se encomienda al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto la tarea de depositar el instrumento de aprobación y archivar el documento en el H. Congreso Nacional. La ley fue promulgada el 13 de enero de 1989.
LEY Nº 1044
LEY DE 13 ENERO DE 1989
VICTOR PAZ ESTENSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. Apruébase el TRATADO DE INSTITUCIONALIZACION DEL PARLAMENTO LATINOAMERICANO, suscrito el Lima, Perú, en fecha 16 de noviembre de 1987, por plenipotenciarios de los Gobiernos de Bolivia, Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela, cuyo texto se transcribe como anexo a la presente ley, encomendándose al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto el depósito del respectivo instrumento de aprobación, así como en los archivos del H. Congreso Nacional.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional, a los ocho días del mes de julio de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Wálter Soriano Lea Plaza, Oscar Lazcano Henry, Alfredo Cuéllar Vargas, Gonazalo Simbrón García, Guido Camacho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de enero de mil novecientos ochenta y nueve años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez.