La Ley N° 1045, promulgada el 4 de abril de 2018, declara el "Templo de Mohoza" como Patrimonio Cultural Material Inmueble del Estado Plurinacional de Bolivia, reconociendo su valor histórico, arquitectónico y religioso. El Ministerio de Culturas y Turismo, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz y el Gobierno Autónomo Municipal de Colquiri, es responsable de llevar a cabo acciones de registro, conservación, restauración, preservación, protección y promoción del mencionado templo.
LEY N° 1045
LEY DE 04 DE ABRIL DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente
Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Se declara Patrimonio Cultural Material Inmueble del Estado Plurinacional de Bolivia, al “Templo de Mohoza”, ubicado en el Municipio de Colquiri, Provincia Inquisivi del Departamento de La Paz, por su valor Histórico, Arquitectónico y Religioso.
Artículo 2. El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas y Turismo, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz y el Gobierno Autónomo Municipal de Colquiri, en el marco de sus competencias, realizarán las acciones de registro, conservación, restauración, preservación, protección y promoción del “Templo de Mohoza”.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.
Fdo. Lineth Guzmán Wilde, Juan Lino Cárdenas Ortega, Patricia M. Gómez Andrade, Erwin Rivero Ziegler, Raúl Rocha Ayala, Margarita del C. Fernández Claure.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de abril del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Wilma Alanoca Mamani.