La Ley Nº 105 aprueba la adjudicación de un terreno de 488.35 m² a título gratuito por parte de la H. Municipalidad de La Paz al Sindicato Mixto de Colectiveros de las líneas 1, 11 y 17, destinado a la construcción de su sede social y dependencias en la zona final Obrajes. La norma debe ser comunicada al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY Nº 105
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Municipalidad de La Paz al Sindicato Mixto de Colectiveros de las líneas 1, 11 y 17 y que comprende 488.35 m2. de terreno, para la edificación de su sede social y sus dependencias en la zona final Obrajes, la que será en forma definitiva y a título gratuito.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 16 de octubre de 1961.
Fdo. Alberto Lavadenz, Presidente del H. Senado Nacional, E. Sandoval Morón, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Fernando Ayala R., Senador Secretario, Julio Calvo, Senador Secretario, Alfredo Aguirre B., Diputado Secretario, Jorge Canedo A., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y un años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Cnl. E. Rivas Ugalde, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.