La Ley N° 1050, promulgada el 27 de enero de 1989, autoriza al Ministerio de Educación y Cultura a transferir gratuitamente un lote de terreno urbano, ubicado en la esquina de las calles "Manuelita Suarez" y "Cobija" en Santa Ana de Yacuma, al Ministerio de Transporte y Comunicaciones, para la construcción de un edificio de telecomunicaciones. Los detalles de la transferencia serán perfeccionados por ambos ministerios.
LEY N° 1050
LEY DE 27 DE ENERO DE 1989
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Primero. Se autoriza al Ministerio de Educación y Cultura la transferencia, en forma gratuita, en favor del Ministerio de Transporte y Comunicaciones el lote de terreno urbano, sito en la esquina formada por las calles “Manuelita Suarez” y “Cobija”, en la ciudad de Santa Ana de Yacuma, de su propiedad, terreno en el cual se construirá el edificio de Telecomunicaciones.
Artículo Segundo. Los Ministerios de Educación y Cultura y de Transportes y Comunicaciones perfeccionarán los detalles de la transferencia dispuesta por la presente ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 24 de enero de 1989
Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Walter Soriano Lea Plaza, Alfredo Cuéllar Vargas, Carlos Azad Arce, Ulises Hurtado Cuéllar, Angel Gutierrez Alvarado.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a veintisiete días del mes de enero de mil novecientos ochenta y nueve años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Andres Petricevic Raznatovic, Enrique Ipiña Melgar.