La Ley Nº 1063, promulgada el 21 de febrero de 1989, establece la creación de la Provincia "Mejillones" con capital en La Rivera, en el Departamento de Oruro, abarcando las Secciones Municipales Tercera y Cuarta y el Cantón Carangas de la Primera Sección Municipal. Define sus límites geográficos al norte, sur, este y oeste, y asigna al Instituto Geográfico Militar la responsabilidad de realizar las delimitaciones, elaborar los planos y fijar los hitos correspondientes.
LEY Nº 1063
LEY DE 21 DE FEBRERO DE 1989
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Primero.- Créase la Provincia “MEJILLONES” con su capital La Rivera, en el Departamento de Oruro, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las Secciones Municipales Tercera y Cuarta y al Cantón Carangas de la Primera Sección Municipal.
Artículo Segundo.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte con el Cantón Negrillos; al Sur con los Cantones Pisiga, Sucre y Pagador; al Este con los Cantones Tunapa Cruz de Huayllas y Pitacolla, todos de la Provincia Atahuallpa; y al Oeste con el Cantón Parajaya de la misma Provincia y con la República de Chile.
Artículo Tercero.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Art. 6to. del D.S. de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar los planos y fijar los hitos respectivos.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cinco días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo.. Ciro Humboldt Barrero, Walter Soriano Lea Plaza, Alfredo Cuéllar Vargas, Ernesto Molina Panduro, Ulises Hurtado Cuéllar, Angel Gutierrez Alvarado.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Juan Carlos Durán Saucedo.