La Ley Nº 1087, promulgada el 21 de febrero de 1989, establece la creación de la Sexta Sección Municipal en la provincia Pacajes, Departamento de La Paz, que incluye los cantones Waldo Ballivián, Tumarapi y Tomata, así como las comunidades de Viluyo, Taipuma, Viloco, Poke y Centro. Define los límites de esta nueva jurisdicción y asigna al Instituto Geográfico Militar la responsabilidad de realizar las delimitaciones, elaborar el plano y fijar los hitos correspondientes.
LEY Nº 1087
LEY DE 21 DE FEBRERO DE 1989
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Articulo Primero. Créase la SEXTA SECCION MUNICIPAL, en la provincia Pacajes del Departamento de La Paz, con los cantones: Waldo Ballivián, Tumarapi y Tomata, y las comunidades: Viluyo, Taipuma, Viloco, Poke y Centro.
Articulo Segundo. Los límites de la nueva jurisdicción son: Al Norte, con el cantón Santiago de Llallagua; de la provincia Aroma; al Sud, con el cantón Callapa de la Provincia Pacajes; al Este, con el cantón Chiaraque y Ayo Ayo de la Provincia Aroma y al Oeste con el cantón Topohoco de la provincia Pacajes.
Articulo Tercero. El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Art. 6to. del D.S. No. 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos respectivos.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los un días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Walter Soriano Lea Plaza, Alfredo Cuéllar Vargas, Ernesto Molina Panduro, Ulises Hurtado Cuéllar, Angel Gutierrez Alvarado.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Juan Carlos Duran Saucedo.