La Ley N° 1097, promulgada el 10 de septiembre de 2018, declara las Misiones Franciscanas de la Provincia Guarayos, Santa Cruz, como Patrimonio Cultural Material e Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia. Se reconocen como Patrimonio Material los templos misionales ubicados en varios municipios de la provincia, y como Patrimonio Inmaterial diversas expresiones culturales asociadas a estas misiones. El Ministerio de Culturas y Turismo, en coordinación con entidades territoriales autónomas, es responsable de implementar planes y programas para la promoción, conservación y protección de este patrimonio.
LEY N° 1097
LEY DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se declara Patrimonio Cultural Material e Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia, a las Misiones Franciscanas de la Provincia Guarayos del Departamento de Santa Cruz.
I. Son Patrimonio Cultural Material del Estado Plurinacional de Bolivia, los Templos Misionales:
II. Son Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia, las siguientes expresiones de las Misiones Franciscanas de Guarayos:
ARTÍCULO 2. El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas y Turismo, en coordinación con las entidades territoriales autónomas correspondientes, en el marco de sus atribuciones y competencias, respectivamente, implementarán planes y programas de promoción, conservación y protección del Patrimonio Material e Inmaterial de las Misiones Franciscanas de la Provincia Guarayos del Departamento de Santa Cruz.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho.
Fdo. Leónidas Milton Barón Hidalgo, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, Erwin Rivero Ziegler, Alicia Canqui Condori, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA , Alfredo Rada Vélez, Wilma Alanoca Mamani.