La Ley N° 1123, promulgada el 13 de noviembre de 2018, modifica el Artículo Único de la Ley N° 989, autorizando la enajenación gratuita de un terreno de 3.995 m², propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, ubicado en el Barrio La Tablada, a favor de la Dirección Administrativa y Financiera del Órgano Judicial. Este terreno se destinará exclusivamente a la construcción de infraestructura judicial, conforme a la Ley Municipal N° 054 de 2016.
LEY N° 1123
LEY DE 13 DE NOVIEMBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente
Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. Se modifica el Artículo Único de la Ley N° 989 de 1 de
noviembre de 2017, con el siguiente texto:
“ ARTÍCULO ÚNICO.De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del
Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la
enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de
3.995,00 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal
de Monteagudo, ubicado en el Barrio La Tablada, Urbanización La Esmeralda,
Lote A, Distrito Nº 1 del Municipio de Monteagudo, Provincia Hernando Siles
del Departamento de Chuquisaca, registrado en las oficinas de Derechos Reales
de Chuquisaca bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N°
1.05.1.01.0007438, cuyas colindancias son: Al Norte, con los Lotes Nº 2 y Nº
3; al Sur, con la Calle Sin Nombre; al Este, con la Calle Sin Nombre; y al
Oeste, con la Avenida Petrolera; a favor de la Dirección Administrativa y
Financiera – DAF del Órgano Judicial, con uso exclusivo para la construcción
de infraestructura judicial en la ciudad de Monteagudo, de conformidad a la
Ley Municipal N° 054 de 13 de diciembre de 2016, emitida por el Gobierno
Autónomo Municipal de Monteagudo.”
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
Fdo. Leónidas Milton Barón Hidalgo, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Efraín Chambi Copa, Patricia M. Gómez Andrade, Alicia Canqui Condori, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado
Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de
noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA , Alfredo Rada Vélez, Héctor Enrique Arce Zaconeta.