La Ley N° 1160, promulgada el 6 de junio de 1990, aprueba el Convenio Cultural entre Bolivia y Cuba, firmado el 6 de octubre de 1986, en cumplimiento de los artículos 59, inciso 12, y 96, inciso 2, de la Constitución Política del Estado. La ley consta de 15 artículos y se comunica al Poder Ejecutivo para su implementación.
LEY N°.- 1160
LEY DE 6 DE JUNIO DE 1990
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único. En cumplimiento de los preceptos legales contenidos en el artículo 59, inciso 12), concordante con el artículo 96, inciso 2), de la Constitución Política del Estado, apruébase en sus 15 artículos el Convenio Cultural suscrito entre los Gobiernos de Bolivia y la República de Cuba, firmado en la Habana el 6 de Octubre de 1986.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.
La Paz, 16 de noviembre de 1988.
Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Wálter Soriano Lea Plaza, Alfredo Cuellar Vargas, Carlos Azad Arce, Neisa Roca Hurtado, Fernando Kieffer Guzmán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos noventa años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Mariano Baptista Gumucio.