La Ley No. 1167, promulgada el 3 de julio de 1990, aprueba el Convenio de Crédito firmado el 8 de junio de 1989 entre el Gobierno de España y el Gobierno de Bolivia, mediante el cual se otorga un préstamo de $us. 3.400.000 por parte del Instituto de Crédito Oficial de España al Banco Central de Bolivia. Esta ley autoriza la ejecución del préstamo conforme al Decreto Supremo No. 22211 del 2 de junio de 1989 y establece su cumplimiento como norma legal en el país.
LEY No.- 1167
LEY DE 3 DE JULIO DE 1990
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único. Aprobar el Convenio de Crédito de 8 de junio de 1989, suscrito entre el Gobierno de España, representado por el Instituto de Crédito Oficial de España y el Gobierno de Bolivia representado por el Banco Central de Bolivia, por el cual España otorgó un préstamo de $us. 3.400.000.- (TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS), autorizando mediante Decreto Supremo No 22211, de 2 de junio de 1989.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiún días del mes de junio de mil novecientos noventa años.
Fdo. Gonzalo Valda Cárdenas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luís Carvajal Palma, José Taboada Calderón de la Barca, Enrique Toro Tejada, Carlos Eduardo García Suárez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de julio de mil novecientos noventa años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Hector Ormachea Peñaranda.