La Ley N° 1171, promulgada el 4 de julio de 1990, aprueba el Contrato de Préstamo entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por un monto de $us. 50.900.000, destinado a financiar la construcción de la carretera Patacamaya – Tambo Quemado. La ley se emite conforme al artículo 59, atribución 5ta, de la Constitución Política del Estado y se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N°.- 1171
LEY DE 4 DE JULIO DE 1990
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único. De conformidad con el artículo 59, atribución 5ta, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el día 7 de mayo del presente año en la ciudad de Washington D.C., por la suma de CINCUENTA MILLONES NOVECIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS ($us. 50.900.000.-), destinados a financiar el Proyecto de Construcción de la Carretera Patacamaya – Tambo Quemado.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintisiete días del mes de junio de mil novecientos noventa años.
Fdo. Gonzalo Valda Cárdenas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luís Carvajal Palma, José Taboada Calderón de la Barca, Enrique Toro Tejada, Carlos Eduardo García Suárez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de julio de mil novecientos noventa años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Willy Vargas Vacaflor, Jaime Delgadillo Cortez Min. Planeamiento y Coordinación a. i.