La Ley Nº 118 establece el 15 de octubre como el Día del Mutualista Boliviano, con carácter anual. Esta norma debe ser comunicada al Poder Ejecutivo para su implementación conforme a los fines constitucionales.
LEY Nº 118
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. Declárese Día del Mutualista Boliviano el 15 de octubre de cada año.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz 7, de noviembre de 1961.
Fdo. Alberto Lavadenz, Presidente del H. Senado Nacional, E. Sandoval Morón, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Fernando Ayala R., Senador Secretario, Julio Calvo, Senador Secretario, Germán Claros, Diputado Secretario, Abdón Ugarte, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los diez y seis días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y un años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, A. Franco Guachalla, Ministro de Trabajo y Seguridad.