El Decreto Supremo Nº 22651 establece como prioridad nacional el asfaltado de la carretera Guabirá-Ókinawa-Río Grande, abarcando tramos en las provincias de Obispo Santiesteban, Warnes y Nuflo de Chávez en Santa Cruz. Se autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar financiamiento interno y/o externo para la rehabilitación del tramo Guabirá-Okinawa-El Retiro (45 km) y el asfaltado del tramo El Retiro-Río Grande-Los Troncos (25 km), ambos parte de la Ruta Fundamental N° 9.
LEY No.- 1196
LEY DE Io DE NOVIEMBRE DE 1990
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- Declárase de prioridad nacional el asfaltado de la carretera Guabirá-Ókinawa-Río Grande, Los Troncos de la provincia Obispo Santiesteban, Warnes y Nuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz.
ARTICULO SEGUNDO.- Autorízase al Poder Ejecutivo gestionar financiamiento interno y/o externo para la rehabilitación del tramo carretero GUABIRA- OKINAWA- EL RETIRO (Progresiva Km. 87) de 45 Kms. de longitud y el asfaltado del tramo carretero EL RETIRO-RIO GRANDE (Puerto Banegas) - LOS TRONCOS de 25 Kms. de longitud que forman parte de la Ruta Fundamental N° 9.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de septiembre de mil novecientos noventa años.
Fdo. Gonzalo Valda Cárdenas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Carvajal Palma, José Taboada Calderón de la B., Luís Morgan López Baspineiro, Enrique Toro Tejada.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de noviembre de mil novecientos noventa años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Enrique García Rodríguez, Willy Vargas Vacaflor.