La Ley N° 1222, promulgada el 27 de diciembre de 1990, autoriza al Banco Minero de Bolivia a enajenar terrenos en Achachicala y Chasquipampa, La Paz, con una superficie de 38.200 m², y en "Las Delicias" ex-fundo "San Antonio", Potosí, con 33.313 m², conforme a la resolución N° 32/87 del 6 de julio de 1987. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 1222
LEY DE 27 DE DICIEMBRE DE 1990
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único.- Autorízase al Banco Minero de Bolivia, la enajenación de los terrenos ubicados en las regiones de Achachicala y Chasquipampa de la ciudad de la Paz, con una superficie de 38.200 metros cuadrados y de los ubicados en la región de “Las Delicias” ex-fundo “San Antonio” del departamento de Potosí, en la superficie de 33.313 metros cuadrados, en conformidad con la resolución N° 32/87 dictada por el Directorio del Banco Minero de Bolivia, en 6 de julio de 1987.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años.
Fdo. Gonzalo Valda Cárdenas, Leopoldo López Cossío, Leopoldo Fernández Ferreira, José Luís Carvajal Palma, Enrique Toro Tejada, Luís Morgan López Baspineiro.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Walter Soriano Lea Plaza.
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