La Ley N° 1229, promulgada el 8 de enero de 1991, aprueba y ratifica el Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre Bolivia y la República Popular de China, firmado el 14 de septiembre de 1990. Esta ratificación se realiza en virtud del artículo 59, atribución 5a de la Constitución Política del Estado, y se ordena su cumplimiento por parte del Poder Ejecutivo.
LEY N° 1229
LEY DE 8 DE ENERO DE 1991
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único.- De conformidad con el artículo 59, atribución 5a de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre los Gobiernos de Bolivia y la República Popular de China, suscrito en La Paz, el 14 de septiembre de 1990.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años.
Fdo. Gonzalo Valda Cárdenas, Fernando Kieffer Guzmán, Leopoldo Fernández Ferreira, José Luís Carvajal Palma, Enrique Toro Tejada, Julio Mantilla Cuéllar.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de enero de mil novecientos noventa y un años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián.