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Ley1233 Vigente

Ley N° 1233

Órgano Legislativo
13 de febrero de 1991Vigente desde 13 de febrero de 1991

13 DE MARZO DE 1991 .- Declárase de prioridad nacional, la construcción del puente sobre el río TICA-TICA, de la provincia Antonio Quijarro, sobre el tramo caminero que une las ciudades de Potosí y Uyuni.

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35 años

LEY N° 1233 LEY DE 13 DE FEBRERO DE 1991

JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

Artículo 1

Declárase de prioridad nacional, la construcción del puente sobre el río TICA-TICA, de la provincia Antonio Quijarro, sobre el tramo caminero que une las ciudades de Potosí y Uyuni.

Artículo 2

Se encomienda al Poder Ejecutivo, realizar todos los trámites destinados a buscar el correspondiente financiamiento, con destino a la efectivización de las obras a cargo del Servicio Nacional de Caminos (SNC).

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos noventa y un años.

Fdo. Gonzalo Valda Cárdenas, Fernando Kieffer Guzmán, Leopoldo Fernández Ferreira, José Luís Carvajal Palma, Enrique Toro Tejada, Armando De la Parra Soria.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de febrero de mil novecientos noventa y un años.

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Willy Vargas Vacaflor, David Blanco Zabala, Enrique García Rodríguez.

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