La Ley Nº 124 crea el cantón Bella Vista en el Anexo Tacagua Chuquisaca, provincia Carangas, departamento de Oruro, estableciendo sus colindancias con los cantones Llanquera, Toledo, San Miguel y Choquecota. El Instituto Geográfico Militar es responsable de delimitar la jurisdicción cantonal conforme al decreto supremo del 5 de diciembre de 1950. La ley fue promulgada el 28 de noviembre de 1961.
LEY Nº 124
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Créase sobre el Anexo Tacagua Chuquisaca de la provincia Carangas del Departamento de Oruro, el cantón Bella Vista, con las siguientes colindancias: al norte, con el cantón Llanquera de la Provincia Carangas; al sud y este, con el cantón Toledo de la Provincia Poopó y al oeste, con una parte del cantón San Miguel y Choquecota de Carangas.
Artículo 2. El Instituto Geográfico Militar delimitará la jurisdicción cantonal, de conformidad con el artículo 6° del decreto supremo de 5 de diciembre de 1950.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 23 de noviembre de 1961.
Fdo. Alberto Lavadenz, Presidente del H. Senado Nacional, E. Sandoval Morón, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Ciro Humboldt, Senador Secretario, Julio Calvo, Senador Secretario, Jorge Canedo, Diputado Secretario, Alfredo Aguirre, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Cnl. Eduardo Rivas Ugalde, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.