La Ley N° 1241, promulgada el 22 de marzo de 1991, aprueba el Convenio Financiero entre el Gobierno de Bolivia y el Instituto Centrale Per II Crédito a Medio Termine MEDIOCREDITO CENTRALE, firmado el 30 de abril de 1990, por un monto de $8,245,000 destinados a financiar la adquisición de equipos para el Sistema de Control de Tráfico Aéreo. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 1241
LEY DE 22 DE MARZO DE 1991
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único.- De conformidad al artículo 59, atribución 5a de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio Financiero suscrito entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Instituto Centrale Per II Crédito a Medio Termine MEDIOCREDITO CENTRALE, el 30 de abril de 1990, por la suma de $us. 8.245.000.00 (OCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOLARES AMERICANOS), destinados a cubrir el financiamiento para la adquisición de equipos para el Sistema de Control de Tráfico Aéreo.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de marzo de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. Gonzalo Valda Cárdenas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luís Carvajal Palma, José Taboada Calderón de la B., Enrique Toro Tejada, Armando De la Parra Soria,
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de marzo de mil novecientos noventa y un años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Willy Vargas Vacaflor.