La Ley Nº 128 eleva el vice-cantón "Calasaya" de la provincia Quijarro, Departamento de Potosí, a la categoría de cantón. La delimitación territorial y los límites del nuevo cantón serán establecidos por el Instituto Geográfico Militar, conforme al artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950. La ley fue promulgada el 12 de diciembre de 1961.
LEY Nº 128
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Elévase a rango de cantón el vice-cantón “Calasaya” de la provincia Quijarro del Departamento de Potosí.
Artículo 2. De conformidad con el artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, la nueva delimitación territorial y límites de este cantón, correrá a cargo del Instituto Geográfico Militar.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 7 de diciembre de 1961.
Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional, Edil Sandoval M., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Francisco Morales, Senador Secretario, Ciro Humboldt, Senador Secretario, Alfredo Aguirre, Diputado Secretario, Jorge Canedo, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y un años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Cnl. Eduardo Rivas Ugalde, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.