La Ley N° 1286, promulgada el 18 de marzo de 2020, aprueba la transferencia onerosa de dos inmuebles del Gobierno Autónomo Departamental de Pando a la Federación Sindical de Trabajadores de Salud de Pando. El primer inmueble, de 2.700 m², se destina a la construcción de un Polideportivo, y el segundo, de 600,87 m², será utilizado como Sede Social de los Trabajadores en Salud Pública. Ambos inmuebles están registrados en Derechos Reales de Pando y se detallan sus ubicaciones y colindancias. La ley se remite al Órgano Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 1286
LEY DE 18 DE MARZO DE 2020
JEANINE AÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título oneroso, de dos bienes inmuebles de propiedad del Gobierno Autónomo Departamental de Pando, en favor de la Federación Sindical de Trabajadores de Salud de Pando, de conformidad a lo establecido en la Ley Departamental Nº 079 de 6 de julio de 2018, modificada por la Ley Departamental Nº 106 de 22 de noviembre de 2019, emitidos por el Gobierno Autónomo Departamental de Pando, de acuerdo al siguiente detalle:
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil veinte.
Fdo. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Noemí Natividad Díaz
Taborga, Rosario Rodríguez Cuellar, Nelly Lenz Roso, Norman Lazarte Calizaya.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado
Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil veinte.
FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ , Yerko M. Núñez Negrette, Anibal Cruz Senzano.