La Ley N° 1287, promulgada el 29 de octubre de 1991, establece la creación del cantón "TUPAC KATARI" en la provincia Aroma del departamento de La Paz, delimitado al norte por el cantón Ayo Ayo, al sur por los cantones Chiaraqui y San Martín, al este por Viscachani y al oeste por Santa Rosa de Lima. Este nuevo cantón incluye las comunidades de Hualkkota, Saparoma, Lacaya, Chaquiri, Milliri, Collata, Titiri, Unotoque y Umatuma. El Instituto Geográfico Militar es responsable de la demarcación, levantamiento del plano y fijación de hitos correspondientes, conforme al Art. 6° del Decreto Supremo Nº 2282 de 1950.
LEY N° 1287
LEY DE 29 OCTUBRE DE 1991
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO PRIMERO.- Créase el cantón “TUPAC KATARI”, en la jurisdicción de la provincia Aroma del departamento de La Paz, con límites al norte con el cantón Ayo Ayo; al Sur con el cantón Chiaraqui; y el cantón San Martín; al este con el cantón Viscachani; al oeste con el cantón Santa Rosa de Lima, todos del departamento de La Paz.
ARTICULO SEGUNDO.- La nueva jurisdicción comprende a las comunidades de Hualkkota, Saparoma, Lacaya, Chaquiri, Milliri, Collata, Titiri, Unotoque y Umatuma.
ARTICULO TERCERO.- En conformidad con el Art. 6° del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar la demarcación, levantar el plano y fijar los hitos respectivos.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales
Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional
La Paz, 18 de octubre de 1991.
Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Carlos Farah Aquim, Oscar Vargas Molina, Walter Villagra Romay, Arturo Liebers Baldivieso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de octubre de mil novecientos noventa y un años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos A. Saavedra Bruno