La Ley N° 1317, promulgada el 24 de agosto de 2020, aprueba la transferencia onerosa de tres lotes de terreno, con un total de 493 m², propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, a favor de Néstor Pérez Lovera, Lucía Ascui Vda. de Aruni y Juan Prieto Cordero, detallando las características y colindancias de cada lote. La transferencia se realiza conforme al numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado y se remite al Órgano Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 1317
LEY DE24DEAGOSTODE 2020
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título oneroso, de tres lotes de terreno con una superficie total de 493,00 metros cuadrados (m²), fraccionados de una superficie de 25.821,01 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, registrados en las oficinas de Derechos Reales de la ciudad de La Paz, bajo Folio Real con Matrícula Computarizada N° 2.01.0.99.0052480, de conformidad a la Resolución Municipal 327/74 de 18 de febrero de 1974, emitido por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, de acuerdo al siguiente detalle:
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los
cinco días del mes de agosto del año dos mil veinte.
Fdo. Leónidas Milton Barón Hidalgo, Eddy Henrry Cabrera Carlo, Adela Cussi
Camata, Noemí Natividad Díaz Taborga, Sandra Cartagena Lopez, Nelly Lenz Roso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil veinte.
FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ , Yerko M. Núñez Negrette.