La Ley Nº 1341, promulgada el 8 de julio de 1992, aprueba un contrato de préstamo entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo por un monto de hasta $2,500,000, destinado a financiar el Proyecto de Consolidación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas, que será ejecutado por el Ministerio de Planeamiento y Coordinación. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY Nº 1341
LEY DE 8 DE JULIO DE 1992
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.- De conformidad con el artículo 59º, atribución 5a. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo el día 4 de abril de 1992, en la ciudad de La Paz por la suma de hasta DOS MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 2.500.000.-) destinados a financiar el Proyecto de Consolidación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas a ser ejecutado por el Ministerio de Planeamiento y Coordinación.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dos días del mes de julio de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena Calderón de Zuleta, Oscar Vargas Molina, Walter Alarcón Rojas, Ramiro Argandeña Valdez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de julio de mil novecientos noventa y dos años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramirez, Alberto Saenz Klinski