La Ley N° 1346, promulgada el 12 de noviembre de 2020, aprueba el Convenio de Financiamiento N° 6670-BO y N° 6671-BO, así como el Contrato de Préstamo N° 9115-BO, ambos destinados a financiar el “Proyecto de Redes de Protección Social de Emergencia por la Crisis del COVID-19”, con un monto total de $us254.300.000. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a asumir el repago de las obligaciones y el servicio de la deuda derivada de estos acuerdos.
LEY Nº 1346
LEY DE 12 DE NOVIEMBRE DE 2020
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.********
I. De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueban:
II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, asumir el repago de las obligaciones, como el servicio de la deuda, que sean contraídas en la ejecución del Convenio de Financiamiento y del Contrato de Préstamo, aprobados por la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil veinte.
Fdo. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani**,** Noemí Natividad Díaz Taborga, Rosario Rodriguez Cuellar**,** Sandra Cartagena López, Nelly Lenz Roso**.**
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil veinte.
FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA , Rogelio Mayta Mayta, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Felima Gabriela Mendoza Gumiel, Marcelo Alejandro Montenegro Gomez Garcia, Franklin Molina Ortiz MINISTRO DE HIDROCARBUROS E INTERINO DE ENERGÍAS, Nestor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Ramiro Felix Villavicencio Niño de Guzman, Ivan Manolo Lima Magne, Veronica Patricia Navia Tejada, Edgar Pozo Valdivia, Juan Santos Cruz, Adrian Ruben Quelca Tarqui, Wilson Caceres Cardenas.