La Ley Nº 1359 autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles a vender trece viviendas y terrenos en La Paz a ex-trabajadores ferroviarios que cumplan con los requisitos establecidos. El valor de estas propiedades será determinado por la empresa conforme a las normas de avalúo de inmuebles.
LEY Nº 1359
LEY DE 15 DE OCTUBRE DE 1992
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo primero. Autorízase a la Empresa Nacional de Ferrocarriles para que se proceda a la transferencia en calidad de venta de trece (13) viviendas y terrenos de su propiedad ubicados en la Avenida Vásquez y Batallón Loa de la ciudad de La Paz, en favor de ex-trabajadores ferroviarios que han cumplido los requisitos necesarios para merecer esta adjudicación.
Artículo segundo. El valor de las viviendas y terrenos respectivos será fijado por la Empresa Nacional de Ferrocarriles, de acuerdo a normas establecidas para el avalúo de inmuebles.
Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.
La Paz, 7 de octubre de 1992.
Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena C. de Zuleta, Oscar Vargas Molina, Walter Alarcón Rojas, Walter Villagra Romay.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de octubre de mil novecientos noventa y dos años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Jorge Quiroga Ramirez, Carlos Aponte Pinto.