Ley N° 1407
05 DE ENERO DE 1992 .- Apruébase el Convenio de Cooperación Técnica de Recuperación Contingente, suscrito entre la Rep. de Bolivia y FONPLATA, por la suma de $us. 2.087.000.-destinados a financiar los estudios ae factibilidad y diseño final para la pavimentación de la carretera Cucho Ingenio-VLllazón.
LEY Nº 1407 LEY DE 5 DE ENERO DE 1993
JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
De conformidad con el artículo 59, atribución 5a. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Cooperación Técnica de Recuperación Contingente, suscrito entre la República de Bolivia y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA) el día 8 de septiembre de 1992, en Sucre – Bolivia, por la suma de hasta DOS MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL 00/100) DOLARES AMERICANOS ($us. 2.087.000.00) destinados a financiar la realización del estudio de factibilidad y del diseño final para la pavimentación de la carretera Cuchu Ingenio – Villazón.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena C. de Zuleta, Jorge Inchauste Zelaya, Arturo Liebers B., Ramiro Argandoña V.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de enero de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra A., Carlos Aponte Pinto.