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Ley1407 Vigente

Ley N° 1407

Órgano Legislativo
5 de enero de 1993Vigente desde 5 de enero de 1993

05 DE ENERO DE 1992 .- Apruébase el Convenio de Cooperación Técnica de Recuperación Contingente, suscrito entre la Rep. de Bolivia y FONPLATA, por la suma de $us. 2.087.000.-destinados a financiar los estudios ae factibilidad y diseño final para la pavi­mentación de la carretera Cucho Ingenio-VLllazón.

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LEY Nº 1407 LEY DE 5 DE ENERO DE 1993

JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

Artículo Único

De conformidad con el artículo 59, atribución 5a. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Cooperación Técnica de Recuperación Contingente, suscrito entre la República de Bolivia y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA) el día 8 de septiembre de 1992, en Sucre – Bolivia, por la suma de hasta DOS MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL 00/100) DOLARES AMERICANOS ($us. 2.087.000.00) destinados a financiar la realización del estudio de factibilidad y del diseño final para la pavimentación de la carretera Cuchu Ingenio – Villazón.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos años.

Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena C. de Zuleta, Jorge Inchauste Zelaya, Arturo Liebers B., Ramiro Argandoña V.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de enero de mil novecientos noventa y tres años.

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra A., Carlos Aponte Pinto.

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