La Ley N° 1410, promulgada el 17 de noviembre de 2021, abroga la Ley N° 2833 de 2004 debido al incumplimiento de la Ordenanza Municipal N° 12/02 y un compromiso de cumplimiento relacionado. La ONG Hospitals Of Hope International está obligada a realizar los trámites legales necesarios para transferir todos los bienes muebles e inmuebles del Hospital de Esperanza Anocaraire Vinto al Gobierno Autónomo Municipal de Vinto, asegurando así la continuidad de su funcionamiento.
LEY N° 1410
LEY DE 17 DE NOVIEMBRE DE 2021
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.
De conformidad al numeral 3 del Parágrafo I del Artículo 158 de la
Constitución Política del Estado, se abroga la Ley N° 2833 de 10 de septiembre
de 2004, por incumplimiento de lo establecido en la Ordenanza Municipal N°
12/02 de fecha 17 de octubre de 2002, y el Compromiso de Cumplimiento de
Propuesta, protocolizado por Testimonio N° 1543/2002 de fecha 19 de noviembre
de 2002, suscrito entre Hospitals Of Hope International y el Gobierno Autónomo
Municipal de Vinto, de conformidad a la Ordenanza Municipal N° 45/2019 de
fecha 17 de octubre de 2019, emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de
Vinto.
ARTÍCULO 2.
La Organización No Gubernamental Hospitals Of Hope International (Hospitales
de Esperanza), debe efectuar los trámites pertinentes de orden legal para
entregar todos los bienes muebles e inmuebles del Hospital de Esperanza
Anocaraire Vinto, para que el hospital pueda seguir funcionando a cargo del
Gobierno Autónomo Municipal de Vinto.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.
Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Freddy Mamani Laura, Gladys V. Alarcón F. de
Ayala, María R. Nacif Barboza,
Patricio Mendoza Chumpe, Jorge Yucra Zárate.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno.
Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Jeyson Marcos Auza Pinto.