Ley N° 1412
17 DE DICIEMBRE DE 2021 .- Cumple los compromisos asumidos por el Estado dentro del Acuerdo de Solución Amistosa – Petición P-1186-09, Adela Villamil Vda. de Flores, suscrito el 9 de julio de 2021.
LEY N° 1412 LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 2021
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
La presente Ley tiene por objeto cumplir los compromisos asumidos por el Estado dentro del Acuerdo de Solución Amistosa - Petición P-1186-09, Adela Villamil Vda. de Flores, suscrito el 9 de julio de 2021.
En el marco del Acuerdo de Solución Amistosa - Petición P-1186-09, Adela Villamil Vda. de Flores, se establecen las siguientes medidas de satisfacción:
En el marco del Acuerdo de Solución Amistosa referido en el Artículo 1 de la presente Ley, se autorizan los siguientes pagos a favor de Adela Hortencia Villamil Calvimontes viuda de Flores:
Los pagos señalados en el Artículo 3 de la presente Ley, serán financiados con recursos del Tesoro General de la Nación - TGN.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
ÚNICA. Para el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 3 de la presente Ley, se autoriza a las entidades involucradas, realizar las modificaciones presupuestarias necesarias.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
ÚNICA. La Cámara de Senadores emitirá la reglamentación específica que defina las características, procedimientos, criterios de selección y demás particularidades del reconocimiento establecido en el numeral 2 del Artículo 2 de la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno.
Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Freddy Mamani Laura, Pedro Benjamin Vargas Fernández, Miguel Angel Rejas Vargas, Alexsandra Zenteno Cardozo, Walter Villagra Romay.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.
Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Ivan Manolo Lima Magne, Marcelo Alejandro Montenegro Gomez Garcia.