La Ley Nº 1425 autoriza a la Corporación Minera de Bolivia a transferir 138 lotes de terreno, totalizando 30.851,46 metros cuadrados, a la Cooperativa de Vivienda de la Empresa Metalúrgica Oruro y la Cooperativa de Vivienda del Centro Minero Bolivar, para la construcción de viviendas de interés social. La distribución de los lotes se realizará según una relación nominal presentada a la Corporación. El valor de los terrenos será determinado por la Corporación Minera de Bolivia con la aprobación del Ministerio de Asuntos Urbanos, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre avalúo de inmuebles.
LEY Nº 1425
LEY DE 11 DE FEBRERO DE 1993
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Primero. Autorízase a la Corporación Minera de Bolivia proceda a la transferencia de 138 lotes de terreno con un total de 30.851.46 metros cuadrados, situados en la zona ex - Metabol (Av. Tacna, Kennedy, Madrid – Zona Sud) de la ciudad de Oruro, a título oneroso en favor de los socios de la Cooperativa de Vivienda de la Empresa Metalúrgica Oruro y la Cooperativa de Vivienda del Centro Minero Bolivar, para la construcción de viviendas de interés social.
Artículo Segundo. La distribución de lotes se efectuará de acuerdo con la relación nominal presentada a la Corporación Minera de Bolivia.
Artículo Tercero. El valor de los terrenos será fijado por la Corporación Minera de Bolivia con la aprobación del Ministerio de Asuntos Urbanos conforme a disposiciones legales vigentes relacionadas con el avalúo de inmuebles.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, el primer día del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Oscar Vargas Molina, Carlos Farah Aquim, Walter Alarcón Rojas, Walter Villagra Romay.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Pablo Zegarra Arana, Fernando Kieffer Guzmán, Alvaro Rejas Villarroel.