La Ley Nº 1440, promulgada el 12 de febrero de 1993, aprueba y ratifica el Convenio entre el Gobierno de Bolivia y el Gobierno de Venezuela para el Control y Prevención del Uso Indebido y Represión del Tráfico Ilícito de estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, firmado el 3 de abril de 1992 en Caracas. Esta norma se enmarca en las atribuciones del artículo 59, inciso 12a, de la Constitución Política del Estado y se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY Nº 1440
LEY DE 12 DE FEBRERO DE 1993
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad al artículo 59, atribución 12a., de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio entre el Gobierno de Bolivia y el Gobierno de Venezuela para el Control y Prevención del Uso Indebido y Represión del Tráfico Ilícito de estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, suscrito en la ciudad de Caracas el 3 de abril de 1992
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ocho días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena Calderón de Zuleta, Carlos Farah Aquim, Walter Villagra Romay, Arturo Liebers Baldivieso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald Mac Lean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno.