La Ley Nº 1443, promulgada el 12 de febrero de 1993, establece el Observatorio Nacional en el Observatorio de Santa Ana, ubicado en el Departamento de Tarija. El Poder Ejecutivo está encargado de proporcionar un presupuesto básico para su funcionamiento.
LEY Nº 1443
LEY DE 12 DE FEBRERO DE 1993
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Primero. Declárase Observatorio Nacional al Observatorio de Santa Ana del Departamento de Tarija.
Artículo Segundo. El Poder Ejecutivo proporcionará un presupuesto básico para su funcionamiento.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los nueve días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Carlos Farah Aquim, Oscar Vargas Molina, Arturo Liebers Baldivieso, Ramiro Argandoña V.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Pablo Zegarra A., Olga Saavedra de Querejazu.