La Ley Nº 1459, promulgada el 18 de febrero de 1993, aprueba el Contrato de Préstamo entre la República de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento (CAF) por un monto de hasta 25 millones de dólares estadounidenses, destinado a financiar el Proyecto “Corredor de Integración Beni - La Paz - Frontera Peruana”. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento conforme a lo establecido en la Constitución Política del Estado.
LEY Nº 1459
LEY DE 18 DE FEBRERO DE 1993
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único. De conformidad con el Artículo 59, atribución 5a., de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo suscrito entre la República de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento (CAF) el día 23 de noviembre de 1992, en La Paz Bolivia, por la suma de hasta VEINTICINCO MILLONES 00/100 DE DOLARES AMERICANOS ($us. 25.000.000.-), destinados a financiar el Proyecto “Corredor de Integración Beni - La Paz - Frontera Peruana”.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena Calderón de Zuleta, Carlos Farah Aquim, Ramiro Argandoña Valdéz, Arturo Liebers Baldivieso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Carlos Aponte Pinto.