La Ley Nº 1470, promulgada el 10 de marzo de 1993, establece la creación del Cantón El Manzanal en la provincia Nor Chichas del departamento de Potosí, definiendo sus límites geográficos y las comunidades que lo integran: Manzanal, Arata, Jatún Huayco, Quisca Cancha y Yunfala. El Instituto Geográfico Militar es responsable de la delimitación y fijación de hitos correspondientes, conforme al Decreto Supremo Nº 2282 de 1950. La ley debe ser cumplida como parte del ordenamiento jurídico nacional.
LEY Nº 1470
LEY DE 10 DE MARZO DE 1993
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Primero. Creáse el Cantón EL MANZANAL en la jurisdicción de la provincia Nor Chichas del departamento de Potosí, con los siguientes límites: al norte con el cantón Cornaca, al sud con Sud Chichas, Sección Mochara Mayo (cantón Rio Blanco), al este con el mismo cantón Cornaca y al oeste con los cantones de Ramadas y parte de Rio Blanco.
Artículo Segundo. Las comunidades que comprenderá el nuevo cantón son: Manzanal, Arata, Jatún Huayco, Quisca Cancha y Yunfala.
Artículo Tercero. El Instituto Geográfico Militar, de acuerdo con la disposición del Art. 6to. del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, efectuará la delimitación y fijará los hitos correspondientes.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional
La Paz, 12 de febrero de 1993.
Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena Calderón de Zuleta, Raúl Hurtado Duran, Arturo Liebers Baldivieso, Ramiro Argandoña Valdéz.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de marzo de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos A. Saavedra Bruno.