La Ley N° 1516, promulgada el 24 de noviembre de 1993, aprueba y ratifica el Convenio entre Bolivia y Ecuador para la prevención del uso indebido y represión del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, firmado el 28 de noviembre de 1990 en La Paz. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento conforme a la Constitución Política del Estado.
LEY N° 1516
LEY DE 24 DE NOVIEMBRE DE 1993
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.- De conformidad al artículo 59 atribución 12o, y el artículo 96 inciso 2 de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio entre el Gobierno de la República de Bolivia y la República del Ecuador para la Prevención del Uso Indebido y Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, suscrito en la ciudad de La Paz, el 28 de noviembre de 1990.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionals.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 9 de noviembre de 1993.
Fdo. Juan Carlos Durán S., Guillermo Bedregal G., Andrés Soliz Rada, Walter Zuleta Roncal, Georg Prestel Kern, Eudoro Galindo Anze.
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Carlos Sánchez Berzain.