La Ley N° 1521 autoriza a la Corporación de Desarrollo de Oruro a transferir cuatro hectáreas de terreno al Club San José, ubicadas en el ex-Parque Industrial de Oruro, para la construcción de un complejo deportivo. El precio de la transferencia se determinará considerando los avalúos y el propósito social del proyecto. La ley fue promulgada el 9 de diciembre de 1993.
LEY N° 1521
LEY DE 9 DE DICIEMBRE DE 1993
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Primero. Se autoriza a la Corporación de Desarrollo de Oruro transfiera en calidad de compra y venta en favor del Club San José cuatro hectáreas de terreno de su propiedad ubicados en los predios del ex-Parque Industrial de Oruro, con destino a la construcción de un complejo deportivo.
Artículo Segundo. El precio de la transferencia será establecido tomando en cuenta los avalúos así como el fin social al que están destinados.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. Juan Carlos Durán Saucedo, Guillermo Bedregal G., Walter Zuleta Roncal, Guido Capra Jemio, Georg Prestel Kern, Raúl Tovar Piérola.
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Fernando Illanes de la Riva, Carlos Sánchez Berzain.