La Ley N° 1536, promulgada el 28 de febrero de 1994, aprueba y ratifica el Protocolo de Reformas a la carta de la Organización de Estados Americanos, conocido como "Protocolo de Managua", suscrito el 10 de junio de 1993. Esta ratificación se realiza en virtud de las atribuciones establecidas en los artículos 59 y 96 de la Constitución Política del Estado, y se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 1536
LEY DE 28 DE FEBRERO DE 1994
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad a los artículos 59º., atribución 12a, y 96° atribución 2a, de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Protocolo de Reformas a la carta de la Organización de Estados Americanos "Protocolo de Managua", suscrito el 10 de junio de 1993.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 22 de febrero de 1994.
Fdo. Juan Carlos Durán Saucedo, Guillermo Bedregal G., Walter Zuleta Roncal, Guido R. Capra Jemio, Mirtha Quevedo Acalinovic, Raul Tovar Pierola.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de febrero de mil novecientos noventa y cuatro años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín.