La Ley N° 1543, promulgada el 21 de marzo de 1994, declara como prioridad regional la construcción de sistemas de distribución de agua potable y alcantarillado sanitario en Comarapa, Santa Cruz. Se encomienda a la Corporación de Desarrollo de Santa Cruz (CORDECRUZ) la elaboración de estudios de factibilidad técnico-económica y diseño final, así como la ejecución de los proyectos correspondientes.
LEY N° 1543
LEY DE 21 DE MARZO DE 1994
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Primero. Declárese prioridad regional la Construcción de los Sistemas de Distribución de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de la Localidad de Comarapa, capital de la Provincia Manuel María Caballero del Departamento de Santa Cruz.
Artículo Segundo. Encomiéndase a la Corporación de Desarrollo de Santa Cruz (CORDECRUZ) la elaboración de los estudios de factibilidad Técnico-Económica y Diseño Final de dichos sistemas así como la posterior ejecución de los Proyectos.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los quince días del mes de marzo de mil novecientos noventa y cuatro años.
Fdo. Juan Carlos Durán Saucedo, Guillermo Bedregal G., Walter Zuleta Roncal, Guido R. Capra Gemio, Georg Prestel Kern, Raúl Tovar Piérola.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de marzo de mil novecientos noventa y cuatro años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Sánchez Berzaín.