La Ley N° 1546, promulgada el 21 de marzo de 1994, declara de urgente necesidad la ejecución del Proyecto Múltiple TOMAYAPO-PAICHO en la Provincia Méndez, Tarija. Autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar financiamiento ante organismos nacionales e internacionales para finalizar el diseño y llevar a cabo la construcción del proyecto.
LEY N° 1546
LEY DE 21 DE MARZO DE 1994
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Primero. Declarase de urgente necesidad, la ejecución del Proyecto Múltiple TOMAYAPO-PAICHO, situado en la Provincia Méndez del departamento de Tarija.
Artículo Segundo. Autorízase al Poder Ejecutivo, gestionar financiamiento ante organismos nacionales e internacionales, para concluir el diseño final y realizar la construcción del Proyecto.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de marzo de mil novecientos noventa y cuatro años.
Fdo. Juan Carlos Durán Saucedo, Guillermo Bedregal G., Walter Zuleta Roncal, Guido R. Capra Gemio, Georg Prestel Kern, Raúl Tovar Piérola.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de marzo de mil novecientos noventa y cuatro años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Sánchez Berzaín, Fernando Illanes de la Riva.