La Ley N° 1564, promulgada el 19 de mayo de 1994, aprueba un contrato de préstamo entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo por un monto de seis millones de dólares estadounidenses ($6,000,000), destinado a financiar el establecimiento de una línea de crédito para la preparación de proyectos. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 1564
LEY DE 19 DE MAYO DE 1994
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad con el artículo 59, atribución 5ta de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo, suscrito el día 13 de enero de 1994, en la ciudad de La Paz, Bolivia, entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo, por la suma de SEIS MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 6.000.000.00) destinado a financiar el Establecimiento de una Línea de Crédito para la Preparación de Proyectos.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de mayo de mil novecientos noventa y cuatro años.
Fdo. Juan Carlos Durán Saucedo, Guillermo Bedregal G. Walter Zuleta Roncal, Guido R. Capra Jemio, Eudoro Galindo Anze, Michael Meier F.
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de mayo de mil novecientos noventa y cuatro años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Sánchez Berzaín, Carlos Alvaro Cossío,