La Ley N° 1577, promulgada el 15 de agosto de 2024, aprueba la transferencia gratuita de un bien inmueble de 35.522,73 m², propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Tarata, al Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización. Este inmueble, ubicado en la Av. Igualdad, Zona Jarkapampa, se destina exclusivamente para la construcción de la "Casa de las Memorias" en Tarata, conforme a las leyes municipales N° 02/2023, N° 09/2023 y N° 14/2023. La norma se remite al Órgano Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 1577
LEY DE 15 DE AGOSTO DE 2024
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO ÚNICO. De conformidad con el Numeral 13, Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito de un bien inmueble, de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Tarata, ubicado en la Av. Igualdad, Zona Jarkapampa del Municipio Tarata, Provincia Esteban Arze del Departamento de Cochabamba, con una superficie de 35.522,73 metros cuadrados (m2), registrado en oficinas de Derechos Reales de Punata, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 3.04.1.01.0001005, cuyas colindancias son: al Norte, con Instituto Tecnológico Agropecuario Tarata; al Sur, con Cementerio General; Frutte; al Este, con Instituto Tecnológico Tarata; y al Oeste, con Av. Igualdad; a favor del Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, con destino exclusivo para la ejecución del proyecto "Construcción de la Casa de las Memorias" en el Municipio de Tarata, de conformidad a la Ley Municipal N°02/2023, de 31 de marzo de 2023, Ley Municipal N° 09/2023, de 03 de agosto de 2023 y Ley Municipal N°14/2023, de 24 de agosto de 2023, promulgadas por el Gobierno Autónomo Municipal de Tarata.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil veinticuatro.
Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Israel Huaytari Martínez, Julio Diego Romaña Galindo, Rosario García Onofre, Pedro Benjamín Vargas Fernandez, Juan José Huanca.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro.
Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Esperanza Guevara.