La Ley N° 1581, promulgada el 3 de agosto de 1994, aprueba y ratifica el Acuerdo de Salvaguardias firmado por Bolivia en 1974, en el marco del Tratado sobre la No Proliferación de Armas Nucleares (TNP) y el Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina. Esta norma se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 1581
LEY DE 3 DE AGOSTO DE 1994
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.- De conformidad al artículo 59° atribución 12ª de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo de Salvaguardias que suscribió Bolivia en 1974, como Estado Parte en el Tratado sobre la no Proliferación de Armas Nucleares (TNP) y el Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina.
Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 28 de julio de 1994.
Fdo. Juan Carlos Durán Saucedo, Guillermo Bedregal G., Walter Zuleta Roncal, Guido R. Capra Gemio, Georg Prestel Kern, Mirtha Quevedo A.
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de agosto de mil novecientos noventa y cuatro años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Raul Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzain.