La Ley N° 1600, promulgada el 31 de octubre de 2024, declara la Música y Danza de los Mineritos de Bolivia como Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia. El Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, en coordinación con las entidades Territoriales Autónomas, es responsable del registro, catalogación, promoción y emisión del certificado correspondiente.
LEY N° 1600
LEY DE 31 DE OCTUBRE DE 2024
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia a la Música y Danza de los Mineritos de Bolivia, en torno a la expresión y de salvaguardia de los valores de nuestra cultura, tradicional, minera, popular y ancestral.
ARTÍCULO 2. El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización en coordinación con las entidades Territoriales Autónomas quedan encargados del registro, catalogación, promoción y emisión del certificado de Patrimonio Cultural e Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia, a la Música y Danza de los Mineritos de Bolivia.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.
Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Israel Huaytari Martínez, Pedro Benjamín Vargas Fernández, Rosario García Onofre, Lindaura Rasguido Mejía, Juan José Huanca.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los treinta y uno días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.
Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Esperanza Guevara.