La Ley N° 1614, promulgada el 31 de enero de 1995, aprueba el Tratado de Extradición entre Bolivia y España, firmado el 24 de abril de 1990, conforme al artículo 59, atribución 12° de la Constitución Política del Estado. Esta ley establece el marco legal para la cooperación en materia de extradición entre ambos países, permitiendo la entrega de personas acusadas o condenadas por delitos. La ley debe ser cumplida y ejecutada por el Poder Ejecutivo.
LEY N° 1614
LEY DE 31 DE ENERO DE 1995
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad con el artículo 59, atribución 12°, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Tratado de Extradición entre Bolivia y España, suscrito en Madrid el 24 de abril de 1990.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticinco días del mes de enero de mil novecientos noventa y cinco años.
Fdo. Juan Carlos Durán Saucedo, Javier Campero Paz, Walter Zuleta Roncal, Freddy Tejerina Ribera, Carlos Suárez Mendoza Edith G. de Mantilla.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de enero de mil novecientos noventa y cinco años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzain, René O. Blatmann Bauer.