La Ley N° 1629, promulgada el 30 de junio de 1995, aprueba el Programa Complementario de Cooperación Financiera entre el Gobierno de España y Bolivia, con un monto total de 10.000.000.000 de pesetas. De esta suma, 5.000.000.000 provienen del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) y 5.000.000.000 de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Los fondos están destinados a financiar proyectos de equipamiento en salud, educación superior, comunicaciones, hidrocarburos, equipamiento municipal y transportes, así como bienes y servicios de origen español.
LEY N° 1629
LEY DE 30 DE JUNIO DE 1995
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo único. De conformidad con el artículo 59º atribución 5ta. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Programa Complementario de Cooperación Financiera entre el Gobierno de España y de Bolivia, suscrito el 17 de diciembre de 1992, por un monto global de Ptas. 10.000.000.000.-, de las cuales Ptas. 5.000.000.000.- estarán constituidas por recursos procedentes del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) y Ptas. 5.000.000.000.- provenientes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE); destinadas a financiar un paquete de proyectos de equipamiento en las áreas de salud, educación superior, comunicaciones, hidrocarburos, equipamiento municipal y transportes, bienes y servicios de origen español.
Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional a los veintinueve días del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco años.
Fdo. Juan Carlos Durán Saucedo, Javier Campero Paz, Walter Zuleta Roncal, Freddy Tejerina R., Edith G. de Mantilla, Michael Meier F.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Alvaro Cossío, Enrique Ipiña Melgar, Jaime Villalobos Sanjinéz.