La Ley Nº 1645, promulgada el 13 de julio de 1995, aprueba y ratifica el Convenio entre el Gobierno de Bolivia y el Gobierno del Reino de Suecia para evitar la Doble Imposición y prevenir la Evasión Fiscal en relación con los Impuestos sobre la Renta, firmado en Estocolmo el 14 de enero de 1994. Esta norma se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY Nº 1645
LEY DE 13 DE JULIO DE 1995
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único. De conformidad con el artículo 59, atribución 12a y 96 atribución 2a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio entre el Gobierno de Bolivia y el Gobierno del Reino de Suecia para evitar la Doble Imposición y la Prevención de la Evasión Fiscal con relación a los Impuestos sobre la Renta, suscrito en Estocolmo, Suecia el 14 de enero de 1994.
Remítase al Poder Ejecutivo para fines Constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 4 de julio de 1995
Fdo. Juan Carlos Durán Saucedo, Javier Campero Paz, Walter Zuleta Roncal, Andres Soliz Rada, Edith G. de Mantilla, Michael Meier F.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de julio de mil novecientos noventa y cinco años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, José G. Justiniano Sandoval, Gaby Candia de Mercado MIN. SUPLENTE DE HACIENDA.