La Ley N° 1646, promulgada el 13 de julio de 1995, aprueba y ratifica el Tratado de la Organización del Convenio "ANDRÉS BELLO" de Integración Educativa, Científica y Cultural, firmado por Bolivia y otros siete países en Madrid el 27 de noviembre de 1990. Esta ratificación se realiza conforme al artículo 59, atribución 12a de la Constitución Política del Estado, y se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 1646
LEY DE 13 DE JULIO DE 1995
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único. De conformidad con el artículo 59, atribución 12a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Tratado de la Organización del Convenio “ANDRÉS BELLO” de Integración Educativa, Científica y Cultural, suscrito entre los Gobiernos de Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, España, Panamá, Perú y Venezuela, en la ciudad de Madrid, España, el 27 de noviembre de 1990.
Remítase al Poder Ejecutivo para fines Constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 4 de julio de 1995.
Fdo. Juan Carlos Durán Saucedo, Javier Campero Paz, Walter Zuleta Roncal, Andrés Soliz Rada, Edith G. de Mantilla, Michael Meier F.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de julio de mil novecientos noventa y cinco años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, José G. Justiniano Sandoval, Enrique Ipiña Melgar.