La Ley N° 1681, promulgada el 21 de diciembre de 1995, aprueba el Convenio de Cooperación Financiera entre Bolivia y Alemania, firmado el 29 de agosto de 1995, por un monto de 30 millones de marcos alemanes. Los fondos están destinados a financiar gastos en moneda extranjera relacionados con la adquisición de mercancías y servicios para necesidades civiles, así como gastos de transporte, seguro y montaje de mercancías importadas. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 1681
LEY DE 21 DE DICIEMBRE DE 1995
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único. De conformidad con el artículo 59o. atribución 5ta de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Cooperación Financiera, suscrito entre la República de Bolivia y la República Federal de Alemania, el 29 de agosto de 1995, por un monto que asciende a MA. 30 millones, destinados a financiar gastos en moneda extranjera surgido de la adquisición de mercancías y servicios para cubrir las necesidades civiles corrientes y la financiación de los gastos en moneda extranjera y nacional surgidas del transporte, seguro y montaje de mercancías de importación financiada por el presente convenio.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cinco años.
Fdo. Juan Carlos Durán Saucedo, Guillermo Bedregal Gutierrez, Horacio Torres Guzmán, Guillermo Richter Ascimani, Miguel Antoraz Chalup, Alfredo Romero.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cinco años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, José Guillermo Justiniano Sandoval, Fernado Candia Castillo.