La Ley N° 1682, promulgada el 21 de diciembre de 1995, aprueba el Contrato de Préstamo entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por un monto de hasta 70 millones de dólares estadounidenses, destinado a financiar el Programa Global de Crédito Multisectorial II. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 1682
LEY DE 21 DE DICIEMBRE DE 1995
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único. De conformidad con el artículo 59, atribución 5a. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) , el día 8 de agosto de 1995, en la ciudad de Washington, D. C. Estados Unidos de América, por la suma de hasta SETENTA MILLONES 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($US. 70.000.000.-) destinado a financiar el Programa Global de Crédito Multisectorial II.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cinco años.
Fdo. Juan Carlos Durán S., Guillermo Bedregal G., Horacio Torrez Guzmán, Guillermo Richter Ascimani, Miguel Antoraz Chalup, Alfredo Romero.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cinco años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, José Guillermo Justiniano Sandoval, Fernado Candia Castillo.