La Ley N° 1703, promulgada el 19 de julio de 1996, aprueba y ratifica el Acuerdo entre el Gobierno de Bolivia y el Gobierno de Dinamarca sobre la promoción y protección recíproca de inversiones, firmado en Copenhague el 12 de marzo de 1995. Esta norma se enmarca en el artículo 59°, atribución 12a., de la Constitución Política del Estado y se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 1703
LEY DE 19 DE JULIO DE 1996
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad al artículo 59°, atribución 12a., de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno del Reino de Dinamarca, sobre la promoción y Protección Recíproca de Inversiones, suscrito en Copenhague el 12 de marzo de 1995.
Remitase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de julio de mil novecientos noventa y seis años.
Fdo. Juan Carlos Durán S., Guillermo Bedregal, Walter Zuleta Roncal, Horacio Torres Guzmán, Miguel Antoráz Chalup, Alfredo Romero.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de julio de mil novecientos noventa y seis años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Candia Castillo.